El contexto de emergencia sanitaria pone a los profesionales en situación de adoptar modalidades de consultas y realización de recetas haciendo uso de los medios electrónicos y digitales disponibles, tales como llamadas telefónicas, WhatsApp, videoconferencias y mails. Estos mecanismos que en este momento de cuarentena obligatoria suplen la consulta médica presencial, deben llevarse a cabo teniendo algunas prevenciones a los fines de garantizar el acto médico, ante la imposibilidad de examinar al paciente de manera presencial. En tal sentido, es aconsejable que las consultas sean brindadas a pacientes que ya cuenten con una historia clínica y/o fichas de consultorio y no a nuevos pacientes respecto de quienes no se cuente con ningún antecedente. Asimismo, se sugiere que el acto médico de consulta sea llevado adelante mediante un contacto instantáneo, es decir mediante una videollamada o por alguna plataforma que permita ver al paciente.
Todas estas consultas, a través de las nuevas plataformas virtuales, representan de igual manera el trabajo profesional que debe ser justamente retribuido por el paciente, ya sea mediante la orden o el equivalente al importe de la misma según convenido con la Obra Social.
Asimismo, las recetas que el médico expenda en formato digital también deben ser abonadas por el paciente y confeccionadas por el profesional siguiendo el procedimiento establecido en el Anexo de la Resolución 696/2020 del Ministerio de Salud y al que adhiere el Ministerio de Salud de la Provincia de Entre Ríos (Res. Nº 1080/2020 del 1/4/2020).
Es posible consultar el procedimiento para la prescripción y dispensación de medicamentos durante el Aislamiento Social, Preventivo y Obligatorio por la pandemia de COVID 19, accediendo a través del link https://www.cofaer.org.ar/app_noticias/_lib/file/doc/Anexo%20%20I%20Resolucion%20696.pdf